TARIFAS ELÉCTRICAS.-

Agradecemos a Juan Pedro Alcaide el diseño de las paginas de calculo de recibos desinteresadamente.I

1-7-2011 La Electricidad sigue subiendo.- Cada vez interesa mas el bono social calcula tu ahorro con nuestro programa.  Boe

 

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Modelo Oficial GasNaturalFenosa y requisitos     Listado Comercializadoras Tlf Fax Direcciones Postales

Los precios en tarifa último recurso (TUR) y Bono Social son:

SIMPLE TARIFA

 

BONO SOCIAL

TUR

Termino Potencia

 

1,642355

1,71942742

Termino de Energía

 

0,11248

0.142319  

 

DOBLE TARIFA (dhr)

 

BONO SOCIAL

TUR

Termino Potencia

 

1,642355

1,71942742

Termino de Energía

PUNTA

0,135145

0,172825

 

VALLE

0,059614

0,064047

 

El Bono Social de Familias Numerosas sigue considerando el Recargo de exceso de consumo por encima de 500 Kw en un mes, al contrario que la Tarifa Ultimo recurso que desde el día 1 de Julio, no penaliza el consumo.   Hay un 10-15 % de familias que se pasa de ese consumo y acogerse a este Bono le será perjudicial. No entendemos un bono especifico hacia la familia numerosa que somos mas miembros y sigan penalizándonos por excesos sin tener en cuenta el consumo per cápita. Un Bono Social para Pensionista tiene el mismo limite de consumo que un bono Social Familia Numerosa.

EXTRACTO BOE PRECIOS tarifas de último recurso durante el primer semestre de 2010

EXTRACTO BOE PROCEDIMIENTO TRAMITACION BONO SOCIALBOE-A-2009-10672-2.pdf  BOE

EXTRACTO BOE PRECIOS BONO SOCIAL BOE-A-2009-10670.pdf

EXTRACTO BOE PRECIOS TARIFA ULTIMO RECURSO BOE-A-2009-10755.pdf     resolucion-tur-julio09-errores Precios DHR

 

06/07/2009 ACTUALIDAD  TARIFAS ELÉCTRICAS.- BONO SOCIAL FAMILIAS NUMEROSAS.-

Desde el 1 de julio de 2009, son de aplicación al Bono Social las siguientes condiciones publicadas en la Resolución del 29 de junio de 2009.  Precios Bono Social Resolucion 30 de junio de 2009

QUE OCURRE EL 1 JULIO INFORMACION OFICIAL MINISTERIO INDUSTRIA   Pagina Ministerio BONO SOCIAL

Requisitos Bono Social Familias Numerosas

Impresos Oficiales    Listado Comercializadoras Tlf Fax Direcciones Postales

Tarifas bono Social y TUR 1 de Julio 2009   BOE   resolucion-tur-julio09-errores Precios DHR

PREGUNTAS FRECUENTES:

  • ¿Quién puede beneficiarse del Bono Social?
  • ¿Cómo puedo solicitarlo?
  • ¿Y si dejo de cumplir los requisitos?
  • ¿Cuándo se empieza a aplicar el bono?
  • Soy cliente de una Comercializadora desde hace tiempo. ¿Puedo solicitar el Bono Social?
  • ¿Durante que tiempo tiene validez?
  • ¿Cuales son las comercializadoras de ultimo recurso?

¿Quién puede beneficiarse del Bono Social?

El Bono Social es solo de aplicación a personas físicas cuyo suministro se destine para el uso en vivienda habitual y que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
  • Potencia contratada inferior a 3kW en su vivienda habitual. en este caso, se te aplicará el Bono Social Automáticamente.
  • Clientes con edad mínima de 60 años que perciban una pensión mínima.
  • Clientes de más de 60 años que perciban pensiones no contributivas de jubilación e invalidez, así como beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
  • Familias numerosas.
  • Familias con todos sus miembros en situación de desempleo.
 

¿Cómo puedo solicitarlo?

Si eres cliente de Union Fenosa y cumples los requisitos, ya puedes solicitar el Bono Social. Para ello, debes acreditar ltodos os requisitos, rellenar la solicitud y enviarla junto con toda la documentación a través de alguno de los siguientes medios:
  • Enviándola al siguiente Correo electrónico: infoweb@unionfenosa.es página web  www.unionfenosa.es,
  • Remitiéndola a la siguiente Dirección de correo postal: Apto. Correos 535   28080 Madrid.
  • Enviándola al siguiente número de fax: 902545254
  • a)    las oficinas de la distribuidora Ciudad Real Lanza, 7  Palma, 1  Pedrera Baja, 7 Daimiel Minimas, 26 Almaden Mayor, 112 Almagro Madre de Dios 18 Tomelloso Dr. Victor Peñasco, 45 Manzanares Toledo, 13 Valdepeñas De la Virgen, 49 Infantes Pza Fuente Vieja, 7 Puertollano Paseo San Gregorio, 56 Alcazar de San Juan Horno, 10 o Tlf: 901404040

     

¿Y si dejo de cumplir los requisitos?

Los consumidores tienen la obligación de comunicar a su empresa Comercializadora de Último Recurso cualquier cambio que suponga la pérdida del derecho a percibir el bono social.
 

En caso de incumplimiento de cualquiera de los requisitos sin que se haya comunicado previamente, se cobrará un recargo del 10% en la próxima factura.
 

 

¿Cuándo se empieza a aplicar el bono?

Se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción completa de la documentación acreditativa. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha recepción tenga lugar al menos 15 días naturales antes de la fecha de emisión de la misma.

¿Durante que tiempo tiene validez?

Una vez devengado, será de aplicación durante 2 años teniendo que acreditar de nuevo que se reúnen los requisitos.

 

 

Soy cliente de una Comercializadora desde hace tiempo. ¿Puedo solicitar el Bono Social?

No, el Bono Social no es para clientes que estuvieran en Mercado Liberalizado antes del 1 de julio.

¿Cuales son las comercializadoras de ultimo recurso? ver listado Pdf

Endesa (902 508 850), Iberdrola (901 202 020), Unión Fenosa (901 220 380), Hidrocantábrico (902 860 860), E.ON (902 222 838)

 

 

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Nota de prensa ministerio  Industria envía a la CNE el borrador del Bono Socia l ver completa

Industria detalla las características del Bono Social ver pagina ministerio

TARIFA SOCIAL PARA FAMILIA NUMEROSA.-  información

Seguimos aconsejando esperar antes de pasar al mercado liberalizado; está pendiente de aprobar las Tarifas de Ultimo Recurso (TUR) antes del 1 de julio, donde aparecerá la llamada Tarifa Social para Familia Numerosa, mientras tanto no podemos valorar si nos interesa pasar a libre mercado o no. En nuestra zona la Comercializadora de Tarifa Ultimo Recurso es Union Fenosa Metra S.L. que es donde pasaremos si no firmamos con ninguna compañía de libre mercado. Mas informacion

 

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Partimos de:

- Cuando la energía consumida por encima del consumo promedio diario sea superior al equivalente a 500 kWh en un mes, a la energía consumida por encima de dicha cuantía se le aplicará un recargo de 0,027403 €/kWh en exceso consumido.

Para ello, la facturación debe corresponder a lecturas reales del contador.

  • Facturación mensual. La Orden establece que la facturación a los consumidores domésticos se efectúe preferentemente con periodicidad mensual, lo que les permitirá contar con una mayor inmediatez en la reacción ante sus consumos, aumentando la elasticidad de la demanda y fomentándose el ahorro y la eficiencia energética.

La electricidad, que ya subió en 2008 un 9,08 % en dos veces, ha subido un 3.4% a primeros de 2009, por encima del 1,5% de IPC. Las familias que consuman más de  500 kw mensuales, tendrán un recargo de 0,027403 € por kilowatio excedido. Aunque afecte a pocas familias, es una moda intolerable que el país de Europa que menos compensa a la familia, grave con impuestos la vida en familia, y esperemos que alguien con medios las recurra en la Audiencia Nacional. Tarifa Social ¿para quien?

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