Prestaciones Económicas
Consejería de Bienestar Social
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OBJETO:
Se trata de ayudas económicas destinadas a familias que hayan tenido
dos o más hijos en un mismo parto, o adopción simultánea de más de un
menor.
CUANTÍA:
Las modalidades y cuantías están en función del número de nacidos en el
mismo parto o adoptados y son las siguientes:
a) Partos o adopciones de dos hijos: 285 euros al
trimestre durante dos años.
b) Partos o adopciones de tres hijos: 570 euros al trimestre durante tres
años.
c) Partos o adopciones de cuatro hijos: 960 euros al trimestre durante
cuatro años.
d) Partos o adopciones de cinco o más hijos: el importe del punto anterior
se aumentará en 190 euros trimestre por cada hijo alumbrado a partir del
cuarto.
e) En los casos previstos en las letras c) y d), antes de la finalización
del periodo de la ayuda prevista, la familia podrá solicitar una nueva
ayuda, que tendrá una duración máxima de un año prorrogable por otro,
atendiendiendo a las circunstancias familiares que concurran; dichas
circunstancias serán avaladas por un Informe Social elaborado por los
Servicios Sociales de Base
PAGO DE LA AYUDA
El pago de la ayuda se hará trimestralmente coincidiendo con el fin de
cada trimestre natural del año.
REQUISITOS:
- Empadronamiento y residencia efectiva
en Castilla-La mancha con un año de antelación o ser
emigrante retornado.
- Convivencia de los nacidos con la
familia natural.
- Que el Nacimiento de dos a más hijos en
un mismo parto o adopción múltiple haya tenido lugar en un periodo de
tiempo no superior a los doce meses anteriores a la fecha de la
solicitud.
- No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el artículo
13 apartado 2. de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Excepto lo
previsto en la letra e)
DOCUMENTACIÓN:
- Solicitud, formulada por cualquiera de
los padres.
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia compulsada del libro de familia.
- La adopción múltiple se probara a través del auto o sentencia firme
de adopción debidamente inscrita en el Registro Civil
- Certificación del padrón municipal en
el que conste el tiempo de residencia y empadronamiento del interesado y
sus convivientes.
- Solicitud de apertura/modificación de ficha de
tercero.
- Documentación acreditativa de no estar
incurso en las circunstancias señaladas el art. 13.2. de la Ley General
de Subvenciones. Excepto la previsto en la letra e)
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Las solicitudes junto con la documentación exigida se presentarán en
las respectivas Delegaciones Provinciales de la Conserjería de Bienestar
Social, bien directamente o a través de los servicios sociales
municipales.
Así mismo se podrán presentar en Cualquiera de las formas previstas en
el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 27 de noviembre, de régimen jurídico de
las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
- Mediante llamada dirigida al teléfono 012
- Mediante envío telemático de los datos a través del formulario
incluido en la Web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla
La Mancha
- Mediante fax.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo estará permanentemente abierto, sujeto en todo caso, a la
existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al coste de
las ayudas en el ejercicio correspondiente.
PLAZO DE RESOLUCIÓN Y SILENCIO ADMINISTRATIVO.
Las
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social
resolverán el expediente en el plazo de tres meses
desde la fecha de solicitud.
Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, se entenderá que ha
sido desestimada.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
Las obligaciones de los beneficiarios de la ayuda serán:
- Comunicar en el plazo de 15 días cualquier variación de la
composición familiar o en las rentas que pueda modificar la concesión de
la ayuda.
- Las demás obligaciones establecidas en el art. 14 de la Ley General
de Subvenciones .compatibles con esta ayuda
ORDEN DE 28-12-2005, CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL, POR LA QUE SE REGULAN
LAS BASES Y SE CONVOCAN AYUDAS ECONOMICAS A LAS FAMILIAS POR EL NACIMIENTO
DE DOS O MAS HIJOS EN EL MISMO PARTO O POR ADOPCION MULTIPLE PARA 2006.
D.O.C.M. nº 263 DE 30-12-2005. Pág. 24514
IMPRESO DE SOLICITUD DE LA AYUDA
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